¿Qué se puede hacer y qué no en Fase 2 Transición?

La Fase 2 de transición, en el plan Paso a Paso del Gobierno ¿Qué significa? ¿Cuáles son las restricciones y qué se puede hacer en esta fase?

El Plan Paso a Paso es una estrategia gradual para enfrentar la pandemia según la situación sanitaria de cada zona en particular. Se trata de 5 escenarios o pasos graduales, que van desde la Cuarentena hasta la Apertura Avanzada, con restricciones y obligaciones específicas. El avance o retroceso de un paso particular a otro está sujeta a indicadores epidemiológicos, red asistencial y trazabilidad.

¿QUÉ PUEDO HACER?

  • Todos, incluidos los mayores de 75 años, pueden salir, pero no ir a lugares en cuarentena.
  • Debes quedarte en casa los fines de semana y los feriados, días en que solo podrás salir con un permiso individual que puedes obtener en comisariavirtual.cl (un permiso a la semana).
  • Debes respetar el toque de queda, que implica que no puedes salir entre las 22:00 y las 05:00 horas salvo que tengas un salvoconducto por emergencia médica o funeral.
  • Puedes ir a trabajar si es que trabajas en un lugar que no esté en cuarentena, a no ser que sea servicio esencial, y tengas un permiso de desplazamiento colectivo o un permiso único colectivo.
  • Asistir a actividades presenciales de educación escolar y media, si la comuna retrocede de Paso 3, pero no si avanza de Paso 1 (Cuarentena).
  • Asistir a restaurantes, sólo en terrazas o espacios al aire libre y en grupos de máximo 4 personas.
  • Realizar actividad deportiva. De lunes a viernes, sólo en lugares al aire libre y en grupos de máximo 10 personas, sin utilizar máquinas o implementos compartidos. Los fines de semana y festivos, sólo en la banda horaria de 07 a 08:30 hrs., y sin usar auto o transporte público.
  • Tener reuniones sociales en residencias particulares o lugares públicos abiertos, con máximo 5 personas en total, y sólo de lunes a viernes.
  •  Intenta no tener reuniones con más de un mismo grupo a la semana.
  • Participar en eventos o actividades con público: si la actividad es con ubicación fija de los asistentes y sin consumo de alimentos, pueden ser hasta 20 personas en lugares al aire libre y 10 personas en lugares cerrados, sólo de lunes a viernes. Si la misma actividad considera consumo de alimentos, sólo pueden ser 10 personas al aire libre. Estas actividades no pueden ser en residencias particulares.
  • Residentes de Centros SENAME pueden salir hasta 3 veces a la semana, con autorización y supervisión. También se permiten visitas de vínculos significativos. Los fines de semana pueden salir a realizar actividades al aire libre en la banda horaria de 07:00 a 08:30 horas, con autorización y supervisión.
  • Residentes de ELEAM pueden salir a caminar todos los días por máximo 2 horas, y pueden recibir visita de 2 personas, 2 veces a la semana.
  • Puedes salir de vacaciones con el Permiso de Vacaciones, dispuesto en Comisaría Virtual. Se puede obtener una única vez por cada persona y estará disponible hasta el 31 de marzo para ir a comunas en Paso 2, 3 o 4, teniendo que permanecer en el mismo destino durante toda la estadía.
  • Cada vez que salgas, con la autorización correspondiente, debes usar mascarilla, mantener la distancia física y recordar medidas como lavado de manos o uso de alcohol gel.

¿QUÉ PUEDE FUNCIONAR EN MI COMUNA?

  • Farmacias, supermercados y otros lugares de abastecimiento de alimentos y productos básicos, centros de salud y establecimientos de servicio público.
  • Comercio y otras actividades no esenciales que puedan funcionar con trabajadores que vivan en una comuna en Transición o sin cuarentena.
  • Jardines infantiles y salas cuna. Los establecimientos de educación si la comuna retrocede de Paso 3.
  • Atención de público en restaurantes sólo en espacios abiertos, con 2m. lineales entre mesas (bordes) y sin música.
  • Actividades con público, respetando los aforos máximos y las condiciones de acuerdo al tipo de evento.
  • Todo lo que funcione, debe ser siguiendo los protocolos establecidos.

PROHIBICIONES

  • Las reuniones en residencias particulares de más de 5 personas y cualquier evento o reunión durante el horario de toque de queda, o los sábados, domingos y festivos.
  • Las actividades con público con más asistentes de lo permitido o sin cumplir las condiciones requeridas según el tipo.
  • La atención de público en restaurantes o cafés en espacios cerrados.
  • La venta y consumo de alimentos en lugares cerrados de centros comerciales.
  • El funcionamiento de Clubes de Adultos Mayores y Centros de día de Adultos Mayores.
  • El funcionamiento de pubs, discotecas y lugares análogos.
  • El traslado a residencia no habitual y a otras regiones, excepto en posesión del Permiso (único) de Vacaciones.

Actualizado 09-02-2021